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CAPÍTULO II

Artikel 9

Adhesión o admisión en la Unión

Onderdeel van Constitutie van de Postunie van de Staten van het Amerikaanse Werelddeel, Spanje en Portugal· Arbitrage

Deze tekst geldt sinds 18 januari 1993

1. Los Países o territorios que estén ubicados en el Continente Americano o sus islas y que tengan la calidad de miembros de la Unión Postal Universal, siempre que no tengan ningún conflicto de soberanía con algún País miembro, podrán adherir a la Unión. 2. Todo País soberano de las Américas, que no sea miembro de la Unión Postal Universal, podrá solicitar su admisión en la Unión Postal de las Américas, España y Portugal. 3. La adhesión o la solicitud de admisión en la Unión deberá incluir una declaración formal de adhesión a la Constitución y a las otras disposiciones obligatorias de la Unión.

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